- La finalidad es prevenir y minimizar riesgos a la salud pública por enfermedades gastrointestinales, de la piel y otros padecimientos.
- Llaman a no bajar la guardia durante la contingencia y acatar normas sanitarias.
Los Servicios de Salud dieron a conocer que, a través de la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), se lleva a cabo vigilancia sanitaria mediante verificaciones y muestreos bacteriológicos en albercas y balnearios, con el objetivo de prevenir y minimizar riesgos a la salud pública por enfermedades gastrointestinales, de la piel, entre otras.
La vigilancia sanitaria se realiza de acuerdo con lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-245-SSA1-2010, requisitos sanitarios y calidad del agua que deben cumplir las albercas; así como de ciertos puntos que son indispensables para el buen funcionamiento de la misma, tales como reglamento, instalaciones adecuadas, revisión, mantenimiento y limpieza constante a las albercas, procedimiento de contingencia en caso de situación insalubre. Esta norma es aplicable a todas las albercas de centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos, parques acuáticos o cualquiera que preste un servicio público.
La finalidad de estas acciones es prevenir y minimizar riesgos a la salud pública por enfermedades gastrointestinales, de la piel y otras ocasionadas por ingestión, contacto e inhalación de microorganismos patógenos y sustancias químicas en el agua de albercas y/o balnearios, para lo cual es necesario llevar a cabo el control y vigilancia de las condiciones sanitarias de operación y mantenimiento de las instalaciones; así como el monitoreo sistematizado de parámetros fisicoquímicos y de microorganismos que determinan la calidad del agua.
La COEPRIS cuenta con un padrón estatal de 185 albercas públicas y privadas, de ellas, el 96 por ciento es de la iniciativa privada. Las acciones que se realizan en este giro, en materia no regulatoria son la asesorías a responsables de establecimientos del giro albercas en materia de condiciones higiénico sanitarias referente a normatividad aplicable de la NOM-245-SSA1-2010, antes mencionada.
Cabe señalar que durante este año, la vigilancia toma un sentido de protección ante el contagio de COVID-19, donde se han establecido acciones de protección para usuarios y trabajadores, por ejemplo: la protección de las personas en situación de riesgo; las distancias mínimas de 1.5 metros entre trabajadores y clientes; la implementación del filtro sanitario de acceso del establecimiento con insumos necesarios; la protección personal facial y/o ocular, además del uso de cubrebocas; trabajar con el programa de limpieza y desinfección, registrando en una bitácora; tener acceso a lavamanos con insumos necesarios; y cumplir con los protocolos de atención en seguridad en salud ante COVID. Además se pide el cumplimiento de los aforos permitidos según el semáforo actual.